Compendio normativo relacionado con el desarrollo de la Ley de Dependencia en Andalucía

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Imagen tomada de: https://goo.gl/nkVPQd

A continuación comparto una recopilación de toda la normativa autonómica relacionada con la aplicación y el desarrollo de la Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Considero que puede ser muy útil para las personas que trabajan en el sector, para quiénes preparan oposiciones o comienzan a trabajar en servicios específicos de atención a la dependencia (Residencias, Centros de Día, etc.).

Normativa General:

  • 2006 Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • 2007 Real Decreto 615/ 2007, de 11 de mayo, por el que se regula la Seguridad Social de los cuidadores de las personas en situación de dependencia.
  • 2007 Decreto núm. 168/2007, de 12 de junio. por el que se regula el procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, así como los órganos competentes para su valoración.
  • 2007 Orden de 3 de agosto de 2007, por la que se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
  • 2007 Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • 2011 Real Decreto 174/ 2011, de 11 de febrero, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia establecido por la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia
  • 2011 Decreto núm. 101/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
  • 2013 Decreto núm. 50/2013, de 23 de abril, por el que se establece el régimen sancionador del sistema para la autonomía y atención a la dependencia en Andalucía y se modifica el Decreto 396/2008, de 24 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Inspección de Servicios Sociales de la Junta de Andalucía.
  • 2013 Real Decreto 1050/2013, de 27 de diciembre, por el que se regula el nivel mínimo de protección establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • 2013 Real Decreto 1051/2013, de 27 de diciembre, por el que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, establecidas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
  • 2015 Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
  • 2016 Orden 18 de marzo 2016, por la que se delegan competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la Consejería.
  • 2016 Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía
  • 2017 Acuerdo de 7 de marzo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas para la reducción del tiempo medio de respuesta asistencial en materia de dependencia en Andalucía.
  • 2017 Instrucción 2/2017 de la dirección gerencia de la agencia de servicios sociales y dependencia de Andalucía para la aplicación de la orden de 28 de junio de 2017, por la que se modifica la orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la comunidad autónoma de Andalucía.
  • 2018 Ley 7/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.

Normativa agrupada por tipo de Recurso Específico para la Atención a la Dependencia

Servicio de Ayuda a Domicilio:

  • 2007 Orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • 2017 Instrucción 2/2017 de la dirección gerencia de la agencia de servicios sociales y dependencia de Andalucía para la aplicación de la orden de 28 de junio de 2017, por la que se modifica la orden de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el servicio de ayuda a domicilio en la comunidad autónoma de Andalucía

Centros:

  • 1996 Orden de 30 de agosto de 1996 por la que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada.
  • 2000 Orden de 28 de julio de 2000 por la que se regula los requisitos materiales y funcionales de los Servicios y Centros de Servicios Sociales de Andalucía y aprueba el modelo de solicitud de las autorizaciones administrativas.
  • 2002 Orden de 6 de mayo de 2002, por la que se regula el acceso y funcionamiento de los Programas de Estancia Diurna y Respiro Familiar.
  • 2002 Orden de 7 de mayo de 2002 por la que se regula la financiación de los programas de estancia diurna y respiro familiar.
  • 2006 Orden de 21 de junio de 2006 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de los Centros Residenciales de personas mayores de titularidad de la Junta de Andalucía.
  • 2007 Instrucción de 28 de noviembre de 2007, de la Dirección General de personas mayores, de la Dirección General de Discapacidad y de la Dirección General de Servicios Sociales e Inclusión, sobre la tramitación de servicios asignados a las personas en situación de dependencia en las Delegaciones Provinciales de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.
  • 2007 Orden de 21 de diciembre de 2007 por la que se aprueba el modelo de documento contractual para el ingreso de personas mayores en situación de dependencia en centros residenciales del SAAD de la comunitad autónoma de Andalucía.
  • 2007 «Orden de 21 de diciembre de 2007 por la que se aprueba el modelo de Reglamento de Régimen Interior de los centros residenciales de personas mayores en situación de dependencia que formen parte del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía”.
  • 2008 Orden de 11 de febrero de 2008, por la que se regula el procedimiento y requisitos para el ingreso en Centro Residencial de personas mayores en situación de exclusión social.
  • 2009 Orden de 5 de mayo de 2009 por la que se establece las tarifas y regula la aportación de las personas usuarias que regirán en los Centros residenciales y de día de atención a personas con discpacidad concertados y conveniados con la Consejería.
  • 2010 Decreto 388/2010, de 19 de octubre, por el que se regula el régimen de acceso y traslado de personas en situación de dependencia a plazas de centros residenciales y centros de día y de noche.
  • 2011 Instrucción 1/2011 de 19 de abril de la Secretaría General para la atención a la dependencia, sobre aplicación del decreto 388/2010 de 19 octubre, de 19 de octubre por el que se regula el régimen de acceso y traslado de personas en situación de a plazas de centros residenciales y centros y de noche.
  • 2014 Instrucción 2/2014 del Director Gerente de la ASSDA, para la aplicación de la Orden de 26 de febrero de 2014, relativas a la gestión económica de los servicios de atención a personas mayores y personas con discapacidad objeto de concierto.
  • 2015 Instrucción del 05/2015 de la Dirección Gerencia de la ASSDA por la que se aprueba el protocolo de organización y coordinación del régimen de acceso y traslado a centros residenciales para personas con discapacidad física, personas con discapacidad, personas con discapacidad física y deterioro cognitivo, personas con parálisis cerebral y para personas con sordoceguera.
  • 2016 Orden de 10 de marzo de 2016, por la que se modifica los costes máximos de las plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad.
  • 2018 Resolución de 27 de junio de 2018, de ka Dirección-Gerencia de la ASSDA, por la que se revisan los costes máximos de plazas objeto de concertación con centros de atención a personas mayores y personas con discapacidad.
  • 2018 Decreto 187/2018, de 2 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Comunicación, Autorización y Acreditación Administrativas en el ámbito de los Servicios Sociales de Andalucía, y del Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales.

Teleasistencia:

  • 2002 Orden de 10 de enero de 2002 por la que se regula el Servicio Andaluz de Teleasistencia.
  • 2017 Acuerdo de 7 de marzo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas para la reducción del tiempo medio de respuesta asistencial en materia de dependencia en Andalucía.
  • 2018 Resolución de 15 de enero de 2018, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del SAAD, sobre determinación del contenido del servicio de teleasistencia básica y avanzada.

Prestaciones Económicas:

  • 2007 Orden de 3 de agosto de 2007, por la que se establecen la intensidad de protección de los servicios, el régimen de compatibilidad de las Prestaciones y la Gestión de las Prestaciones Económicas del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia en Andalucía.
  • 2012 Protocolo de ejecución de sentencias en materia de prestaciones económicas de atención a la dependencia.
  • 2012 Instrucción 3/2012, de 18 de enero, de la intervención general de la Junta de Andalucía, sobre el control financiero permanente de la ASSDA, y el control financiero previo de las prestaciones económicas de atención a la Dependencia.
  • 2014 Criterios de aplicación de la Instrucción 4/2014 dictada por el Director-Gerente de la ASSDA, relativa a la fecha de efectos de las prestaciones económicas cuando se haya producido alguna revisión de grado de dependencia con anterioridad a la aprobación del PIA.
  • 2014 Instrucción 4/2014, del Director Gerente de la ASSDA, relativa a la fecha de efectos de las prestaciones económicas cuando se haya producido alguna revisión del grado de dependencia con anterioridad a la aprobación del PIA.
  • 2014 Instrucción 5/2014, del Director-Gerente de la ASSDA, relativa a la aplicación de las cuantías máximas de las prestaciones económicas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Prevención de la Dependencia y Atención a la Autonomía:

  • 2012 Decreto 72/2012, de 20 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de los Centros de Participación Activa para Personas Mayores.
  • 2015 Instrucción 2/2015, del Director- Gerente de la ASSDA, para la implantación y desarrollo efectivo del grado I de dependencia en la comunidad autónoma de Andalucía.
  • 2015 Corrección de errores a la Instrucción 2/2015, del Director-Gerente de la ASSDA, para la implantación y desarrollo efectivo del grado I de dependencia en la comunidad autónoma de Andalucía.
  • 2017 Acuerdo de 7 de marzo de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas para la reducción del tiempo medio de respuesta asistencial en materia de dependencia en Andalucía.
  • 2017 Orden de 22 de marzo de 2017, por la que se establece el marco de colaboración con las Corporaciones Locales para la prestación de los servicios de promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia a personas reconocidas en grado I.
  • 2017 Instrucción 1/2017, de 8 mayo, por la que se aplica de la Orden de 22/03/2017 que establece el marco de colaboración con las Corporaciones Locales para la prestación de los servicios de promoción de la autonomía persona y prevención de la dependencia a las personas reconocidas en grado I.

Inmaculada Asensio Fernández

Muestra de Derechos Humanos básicos

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Ilustración de Kathrin Honesta, tomada de: https://goo.gl/GBuWFV

A continuación comparto una muestra de Derechos Humanos básicos, con el deseo de que hagas gala de ellos cada vez que lo necesites. 

  1. El derecho a mantener tu dignidad y respeto comportándose de forma habilidosa o asertiva incluso si la otra persona se siente herida mientras no violes los derechos humanos básicos de los demás.

  2. El derecho a ser tratados con respeto y dignidad.

  3. El derecho a rechazar peticiones sin tener que sentirse culpable o egoísta.

  4. El derecho a experimentar y expresar tus propios sentimientos.

  5. El derecho a detenerte y pensar antes de actuar.

  6. El derecho a cambiar de opinión.

  7. El derecho a pedir lo que quieres (dándote cuenta que la otra persona tiene el derecho a decir que no)

  8. El derecho a hacer menos de lo que humanamente eres capaz de hacer.

  9. El derecho a ser independiente.

  10. El derecho a decidir qué hacer con tu propio cuerpo, tiempo y propiedad.

  11. El derecho a pedir información.

  12. El derecho a cometer errores y ser responsable de ellos.

  13. El derecho a sentirte a gusto contigo mismo.

  14. El derecho a tener tus propias necesidades y que esas necesidades sean tan importantes como las necesidades de los demás. Además, tenemos el derecho de pedir (no exigir) a los demás que respondan a nuestras necesidades y de decidir si satisfacemos las necesidades de los demás.

  15. El derecho a tener opiniones y expresarlas.

  16. El derecho a decidir si satisfaces las expectativas de otras personas o si te comportas siguiendo tus intereses, siempre que no violes los derechos de los demás.

  17. El derecho a hablar sobre el problema con la persona involucrada y aclararlo, en casos límite en que los derechos no están del todo claros.

  18. El derecho a obtener aquello por lo que pagas.

  19. El derecho a escoger no comportarte de manera asertiva o socialmente habilidosa.

  20. El derecho a tener derechos y defenderlos.

  21. El derecho a ser escuchado y a ser tomado en serio.

  22. El derecho a estar solo cuando así lo escojas.

  23. El derecho a hacer cualquier cosa mientras que no violes los derechos de alguna otra persona.

Fuente: Thompson, L. L. (1979). The assertive option: Your rights and responsibilities. Psyccritiques, (pp.80-81).

Inmaculada Asensio Fernández

Creación del proyecto de vida social para la jubilación en la Administración Andaluza

creacion proyecto vida social

Cabecera de mi aportación al Manual de Preparación a la Jubilación de la Admón. Andaluza

Desde el año 2014 al 2018 he venido colaborando como profesora del Instituto Andaluz de Administraciones Públicas en diferentes acciones formativas, entre las que encontramos el Curso de Preparación para la Jubilación en la Administración Andaluza, que desarrolla la Junta de Andalucía para sus empleados y empleadas públicas que están próximas a la jubilación, y dirigido por el doctor D. Federico Alonso Trujillo. 

Cuando me ofrecieron la posibilidad de participar como docente en esta acción formativa, lo primero que hice fue buscar información sobre los aspectos sociales relacionados con al jubilación, y lo único que encontré fue la valiosa aportación de las personas que se jubilan al VOLUNTARIADO; de hecho, este fue el primer encargo que me hicieron: hablar sobre el voluntariado a partir de la jubilación.

Sin embargo, considerando que el voluntariado es un aspecto muy importante y útil a la sociedad, también tuve muy presente que sería buena idea colaborar con las personas cercanas a esta nueva etapa a través de un módulo para aprender a crear el proyecto de vida social durante la jubilación, ya que bien parece que las sociedades nos enseñan a trabajar y a producir, pero no a disfrutar de la vida de una manera ordenada y conforme a nuestros intereses, deseos y tareas pendientes en la vida. Sobre esta idea de crear el proyecto de vida social no había nada escrito, por tanto diseñé un módulo innovador y cargado de dinámicas adaptadas de diferentes libros y aportaciones desde el campo del trabajo social y del coaching personal. El resultado ha sido gratificante en todas las ediciones, de manera que voy a compartir un breve resumen de los contenidos trabajados en las clases (registro de la propiedad intelectual).

RESUMEN
En este módulo correspondiente al curso “Preparación a la Jubilación de la Administración Andaluza” nos vamos a centrar en la “Creación del proyecto de vida social” de cada uno de vosotros y vosotras. Para crear este proyecto es necesario realizar una serie de ejercicios prácticos de autodiagnóstico para valorar el estado en el que se encuentra -en este momento- nuestra vida social, teniendo en cuenta todos los ámbitos que están presentes y que afectan a nuestro proyecto de vida (salud, familia, amigos, pareja, ocio, desarrollo personal o espiritualidad, etc). Las dinámicas propuestas por la formadora sirven para realizar un autodiagnóstico para dos aspectos fundamentales: (1) tomar conciencia del proceso en el que nos encontramos y qué áreas de nuestra vida social funcionan mejor y cuáles necesitan ser revisadas, y (2) nos a ayudar a tomar las riendas y a proponer objetivos para ajustar aquellas esferas de nuestra vida que pueden mejorar, a la luz de los resultados obtenidos.
UNIDAD 1. Relaciones sociales y vida social activa tras la jubilación.
Objetivo: Facilitar el conocimiento de diferentes opciones de servicio a la comunidad, desde el bagaje de destrezas y conocimientos acumulados a lo largo de su trayectoria personal y profesional.
UNIDAD 2. Creación del proyecto de vida social
2.1. Creación del proyecto de vida social I:
Punto de partida: auto diagnóstico. Mi vida social ahora. (Gustos e intereses o aficiones. Vida familiar. Relaciones interpersonales. Relaciones sociales – Ocio. Solidaridad y voluntariado. Aprender por placer. Crecimiento personal o desarrollo de la espiritualidad). Herramienta: “La rueda de la vida” (Paul J. Meyer).
2.2.- Creación del proyecto de vida social II:
La jubilación como transición hacia lo que libremente decida. (El sentido de mi vida social- relacional: mis valores y mis propósitos. El Plan. Hacia dónde quiero ir: objetivos, metas y actividades. Recursos de la comunidad). Herramienta: “Un año de vida” (Stephen Levine).
jubilacion

Foto de clase, 2016 en Baeza

Inmaculada Asensio Fernández

¿Cuáles son las líneas prioritarias de acción social en Europa para los próximos años? Entrevista al Jefe de Estudios del Parlamento Europeo

Sede del Parlamento Europeo

Entrevista al Jefe de Estudios del Parlamento Europeo, Jesús Carmona Núñez.

En esta ocasión voy a compartir una entrevista realizada en Bruselas a Jesús Carmona, Jefe de Estudios del Parlamento Europeo,  en la que expone cuáles van a ser las líneas prioritarias de acción social en Europa para los próximos años.

ENLACE A LA ENTREVISTA: https://www.youtube.com/watch?v=fM2DPhDx06o

Entre los temas señalados destacan como fundamentales:

  • El empleo, sobre todo el empleo de las personas jóvenes, pues las cifras que se manejan de desempleo juvenil son bastante alarmantes (destaca las de España e Italia), y Europa no puede mirar hacia otro lado.
  • Otro tema de gran preocupación ahora se centra en qué va a pasar con las pensiones, sobre todo ahora que la esperanza de vida ha aumentado, pero las tasas de natalidad son tan bajas que nadie sabe quién va a sostener las pensiones.
  • La desigualdad de género es otro asunto de interés, pues aunque ha habido gran avance normativo para la equiparación de derechos para ambos sexos, todavía las mujeres perciben salarios inferiores (en similares puestos de trabajo) y tienen mayores dificultades para acceder a puestos de responsabilidad.
  • Para concluir, el Jefe de Estudios del Parlamento Europeo reconoce que la INMIGRACIÓN es otro gran asunto de interés para Europa durante los próximos años, e insiste en que hay que desarrollar un enfoque comprensivo con este tema, pero advierte sobre la necesidad de ordenar la inmigración y ofrecer apoyo a los países de origen de las personas que emigran.

Gracias Jesús Carmona por dedicarnos tu tiempo para la realización de esta entrevista. 

Inmaculada Asensio Fernández.

Decálogo de protección de datos para el personal sanitario y administrativo

Imagen tomada de: https://goo.gl/aJW8st

En esta ocasión os voy a compartir un decálogo de protección de datos para empleados públicos, de interés para todas las personas que trabajan con datos especialmente sensibles.

1. Trata los datos de ciudadanos y empleados públicos como querrías que tratas en los tuyos.

2. Si tienes que acceder a información personal … piénsalo, sólo debes acceder si es necesaria para los fines de tu trabajo.

3. Evita informar sobre datos personales de terceros, salvo que sea necesario para desarrollar tu trabajo y tengas una justificación.

4. Cuando salgas del despacho, asegúrate de cerrar la sesión abierta en tu ordenador. No facilites a nadie tu clave de acceso y contraseña.

5. Si necesitas un acceso urgente y tienes cualquier contratiempo, contacta con el Servicio de Informática.

6. Si tienes que enviar por correo electrónico información con datos personales, consulta con el Servicio de Informática cómo debes hacerlo para garantizar la máxima confidencialidad.

7. No tires documentos con datos personales a la papelera; destrúyelos tú mismo.

8. Cuando termines tu jornada de trabajo, deja cerrados con llave los armarios o archivadores que contengan información con datos personales.

9. No dejes los expedientes o documentos a la vista sin supervisión.

10. No realices por tu propia cuenta copias en USB, o ficheros o documentos con datos personales de terceros. Consulta siempre antes con el Servicio de Informática.

Fuente: https://www.aepd.es/media/infografias/infografia-decalogo-personal-sanitario.pdf

Inmaculada Asensio Fernández.

Hay personas invisibles, yo las he visto

Las personas que viven en la calle durante un tiempo corren el riesgo de caer en un proceso de exclusión, que se caracteriza por una ruptura total de vínculos de la persona con su medio, por  un proceso progresivo de pérdida de la identidad personal y de grupo y por una desconexión importante respecto a la situación social que las rodea.

Cuando una persona cae en un proceso de exclusión se produce un fenómeno muy concreto en el resto de personas que con ella se cruzan (la sociedad), consistente en que poco a poco dejan de tomar conciencia de que la persona que vive en la calle también forma parte de comunidad, que también tiene necesidades, que tiene un nombre, que tiene un pasado y alguna vez tuvo familia… en definitiva que también existe y tiene un lugar en el mismo tiempo y espacio.

¿Cuál es la manifestación más clara de que las personas que viven en la calle se vuelven invisibles para el resto? Una de ellas es que las personas con las que se cruzan dejan de mirarlas directamente, dejan de reconocerlas, dejan de sostener su mirada con la de aquél que ha tenido una suerte peor que la suya.

sé que existo, porque las personas me miran y recaen en que yo estoy aquí.

Inmaculada Asensio Fernández.

Inmaculada Asensio Fernández: vocal del Comité de Bioética de Andalucía, 30 de noviembre

Inmaculada Asensio, directora de la Estrategia de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía, ha sido designada vocal del Comité de Bioética de Andalucía, a fecha de 30 de noviembre de 2018.

Inmaculada es Trabajadora Social y Máster en Comunicación Social, actualmente realizando la tesis doctoral en materia de ética aplicada a la intervención social. Desde el mes de marzo de 2018 es la directora de la Estrategia de Ética de los Servicios Sociales de Andalucía,  tarea que desarrolla desde su puesto como Trabajadora Social en el área de salud mental de la Agencia Andaluza de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.

El Decreto 439/2010, de 14 de diciembre, por el que se regulan los órganos de ética asistencial y de la investigación biomédica en Andalucía, creó el Comité de Bioética de Andalucía como máximo órgano colegiado, de participación, consulta y asesoramiento en materia de ética asistencial y de la investigación biomédica, adscrito a la Consejería competente en materia de Salud, conforme a lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento.

El Comité de Bioética de Andalucía estará integrado por una Presidencia, una Vicepresidencia y vocalías en número no superior a diecinueve, designados y nombrados todos ellos por la persona titular de la Consejería competente en materia de salud, entre personas de reconocido prestigio profesional y científico en el campo de la bioética, las ciencias de la salud, la investigación biomédica, el derecho y las ciencias sociales.

Constitución del Comité de Bioética de Andalucía

Presidente: don Ángel Salvatierra Velázquez.

Vicepresidenta: doña Leonor Ruiz Sicilia.

Vocales:

– Don Demetrio Mariano Aguayo Canela.

– Doña Eloísa Bayo Lozano.

– Don Guillermo Antiñolo Gil.

– Don Rafael Cia Ramos.

– Doña Flor de Torres Porras.

– Don Ángel Estella García.

– Don Francisco José Alarcos Martínez.

– Don Francisco Oliva Blázquez.

– Doña María Luisa Pérez Pérez.

– Don Miguel Melguizo Jiménez.

– Doña Inmaculada Asensio Fernández.

– Don David Rodríguez-Arias Vailhen.

– Doña Josefa Aguayo Maldonado.

– Doña Ángela María Ortega Galán.

– Don Francisco Herrera Triguero.

– Doña Irene Blázquez Rodríguez.

– Don José Juan Jiménez Moleón.

– Doña María Teresa Molina López.

Secretaria: doña Reyes Sanz Amores.

 

Boja Número 232 – Viernes, 30 de noviembre de 2018.