Despedida a Amparo Lloret, una mujer con liderazgo, inteligencia y sensibilidad que ha dejado huella en la atención social a la salud mental en Almería

Amparo Lloret López

Imagen tomada de: http://www2.ual.es/cverano/ofertaCursos/ponente/354

Quisiera destacar la labor de Amparo Lloret en el trabajo coordinado por las personas con trastorno mental grave en la provincia

Amparo Lloret López es licenciada en psicología y hasta hace unos días ha sido la delegada provincial de FAISEM en Almería, labor que ha desarrollado de manera excepcional durante más de una década.

En mi labor como trabajadora social en el Departamento de Salud Mental en el Servicio Territorial de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia en Almería (ASSDA), realizo funciones de coordinación con los servicios sociales comunitarios, las unidades de gestión clínica de salud mental de la provincia, el Centro de Valoración y Orientación de la Discapacidad y la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental, FAISEM.

Esta Fundación tiene entre sus cometidos la labor de gestionar los programas residenciales y de atención diurna, y para la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia es muy importante mantener una comunicación fluida y una buena coordinación con los agentes implicados en la atención directa a la ciudadanía, y en especial con FAISEM, por ser la entidad que ofrece una alternativa residencial a  personas en situación de dependencia con trastorno mental grave para que puedan vivir con dignidad y con un adecuado proyecto de vida.

El valor que se le da a una organización está directamente relacionado con las personas que las representan o trabajan en ellas, y en este sentido me siento en la obligación moral de poner de relieve el enorme valor aportado al terreno de la salud mental en Almería por personas como Amparo Lloret López. Una mujer con importantes dotes de liderazgo, inteligencia y saber estar -como se suele decir-, siempre mediadora ante los conflictos que se presentan en el trabajo en el día a día. Positiva, muy trabajadora -a veces hasta el agotamiento- y siempre activa en todos los foros en los han estado presentes las palabras “salud mental”, “Almería tierra sin estigma”, e “integración social de las personas con problemas de salud mental”.

Incansable y justa, positiva y reivindicativa cada vez que ha sido necesario:

“Hay que seguir luchando para que las personas con problemas de salud mental tengan una verdadera integración, lo que pasa por promover de verdad el acceso al mercado laboral”.

Con esta frase (o similar) cerró Amparo Lloret la celebración del Día Mundial de la Salud Mental en el Auditorio Maestro Padilla allá por el año 2014, si mal no recuerdo, e incluso se emocionó haciendo partícipe a la audiencia de la idea de que sin empleo no se puede luchar contra el estigma.

Gracias Amparo, por tu profesionalidad, esfuerzo y compañerismo. Seguirás cosechando cosas buenas porque eres una gran persona.

Inmaculada Asensio Fernández.

Escuchar la voz del menor: una de las principales conclusiones a las que llegaron los responsables políticos tras el asesinato del niño Daniel Pelka, en Reino Unido

Reloj

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Daniel Pelka fue asesinado por su madre y la pareja de su madre en marzo de 2012, en el municipio de Conventry (Reino Unido). Los medios de comunicación británicos pusieron el foco en este caso que causó una gran conmoción social y que removió las conciencias de muchas personas que trabajan en la protección del menor.

Nadie escuchó a Daniel” – fue la conclusión final a la que llegó el máximo responsable político del municipio de Coventry, compartida en una entrevista ante los medios de comunicación, y “esta es la realidad más dura con la que nos estamos encontrando ahora que ya no podemos hacer nada”.

Tras la muerte de Daniel se llevó a cabo una profunda revisión del caso, tal como recoge la normativa en Reino Unido: es obligatorio realizar un “case review” o “análisis de caso” tras una experiencia en la que una persona menor de edad muere sin recibir la protección necesaria. Esta obligación legal de revisar los casos tras la muerte de menores en circunstancias de negligencia o violencia, debería estar recogida en todas las normativas de protección a la infancia de todos los países. Y fruto de esta revisión, se deberían generar cambios en los protocolos y cauces de actuación para mejorar el sistema de protección y los mecanismos de coordinación entre todos los agentes implicados (por ejemplo, Servicios Sociales, Educación, Salud, Policía, Justicia…).

En el caso específico de Daniel Pelka, al estudiar su caso y conocer más detalles, se supo que hubo muchas oportunidades para evitar su muerte, que pasaron inadvertidas para los y las profesionales que trabajaban en los servicios públicos:

  • Los servicios de salud denunciaron una fractura de brazo del menor, cuyas explicaciones por parte de la madre y del padrastro resultaron inconsistentes.

  • El menor presentaba ligeros moratones (según las imágenes que fueron tomadas por las cámaras de seguridad del centro educativo al que asistía), así como presentaba un estado absolutamente famélico, y con frecuencia se lo veía rebuscar y comer comida de la papelera en el patio del recreo.

  • La policía estuvo en su vivienda 27 veces, ya que los vecinos denunciaron que escuchaban peleas y golpes con frecuencia, y sospechaban que en esa vivienda sucedía algo “malo”.

  • Los servicios sociales hicieron visitas, pero no detectaron -en principio- nada que hiciera aconsejar una retirada del menor de su entorno (sin embargo, una vez muerto Daniel, cuando se llevó a cabo el levantamiento del cadáver, se pudo comprobar que el estado de su dormitorio era deleznable, ya que dormía sobre un delgado colchón, destrozado y sucio, en el suelo… por poner un ejemplo).

  • Etc.

Hubo algo que despistó a todo el mundo que intervino para esclarecer lo que ocurría en esa casa, y es que la actitud de la madre y su pareja parecía ser encantadora, colaboradora, amable… de manera que nadie podía afirmar a ciencia cierta que ese menor estaba siendo maltratado.

Si se fracturaba el brazo, según la madre es que era un niño inquieto que no paraba nunca en casa.

Si estaba súper delgado y comía de la papelera, según la madre es que no sé cómo hacer para que Daniel coma en casa, no le gusta nada y nunca quiere comer nada.

Si se escuchaban golpes, según la madre es que discutían pero no tenía importancia, en seguida lo solucionaban.

Siempre amables, disponibles y abiertos…, era imposible que estuviesen haciendo daño al niño.

Pero hubo algo que el máximo responsable político del municipio de Conventry dejó claro:

hay una verdad que nos duele y es que nadie preguntó a Daniel cómo estaba en su casa, nadie habló con el niño -ni con su hermano de 11 años- de manera que él no pudo expresar de ninguna manera lo que estaba sucediendo”.

SI ALGO LE SUCEDE AL NIÑO, PREGÚNTALE AL NIÑO, ASÍ DE SENCILLO. Con esta frase puso fin a la entrevista.

Inmaculada Asensio Fernández.

Qué buena idea la de cambiar la historia sobre su niñez a los políticos

Save the Children ha presentado una campaña de sensibilización llamada #LaInfanciaMarca con el objetivo de comprometer a los gobiernos en un pacto para reducir las cifras de pobreza en la infancia en España.

Las figuras políticas representan una serie de valores asociados al poder, a todo lo que cualquier ciudadano y ciudadana pueden aspirar: tener una excelente calidad de vida. Pero imaginad por un momento que la imagen que asociamos a los líderes políticos que conocemos cambiara radicalmente, mostrando una cara verdaderamente amarga: INDIGENCIA y POBREZA.

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Pedro Sánchez, Secretario General del PSOE Le hemos cambiado la infancia a Pedro Sánchez porque #LaInfanciaMarca

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Pablo Iglesias, Secretario General de Unidas Podemos Le hemos cambiado la infancia a Pablo Iglesias porque #LaInfanciaMarca

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Pablo Casado, Presidente del PP Le hemos cambiado la infancia a Pablo Casado porque #LaInfanciaMarca

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Albert Rivera, Presidente de Ciudadanos Le hemos cambiado la infancia a Albert Rivera porque #LaInfanciaMarca

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Santiago Abascal, Presidente de Vox Le hemos cambiado la infancia a Santiago Abascal porque #LaInfanciaMarca

A día de hoy en España  alguien que nace en una familia con bajos ingresos tarda cuatro generaciones, 120 años, en prosperar.

La realidad es que si naces pobre lo más probable es que sigas siéndolo el resto de tu vida. Y tus hijos también. 

¿QUÉ PIDE SAVE THE CHILDREN A LOS POLÍTICOS?

  • Aprobación de la Ley de Protección contra la Violencia de la Infancia y Adolescencia.
  • Aumento progresivo de la prestación por hijo a cargo hasta alcanzar, en el año 2022, los 1.200 euros anuales por cada niño o niña (menores de 18 años), condicionada a un límite de ingresos basado en los umbrales oficiales de pobreza.
  • Poner en marcha un plan de extensión de la educación infantil 0-3 años que priorice el acceso a ella de niños y niñas desfavorecidos.
  • Desarrollar una estrategia integral para la protección de la infancia migrante y refugiada no acompañada y un nuevo procedimiento de determinación de la edad.
  • Introducir estándares de calidad mínimos y comunes para todos los sistemas de protección en la Ley de Protección Jurídica del Menor.
  • Poner fin a la venta de armas a países en conflicto donde se puedan cometer violaciones graves de los derechos humanos.
  • Mantener el compromiso de España con la Declaración de Escuelas Seguras y adoptar medidas concretas para su implementación.

#LAINFANCIAMARCA
LES CAMBIAMOS LA INFANCIA A LOS POLÍTICOS

Fuente: https://www.savethechildren.es/lainfanciamarca 

Inmaculada Asensio Fernández

La protección socio-sanitaria sólo para personas con ADN Made in Spain 100%

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TOMADA DE: http://letrasconalmaycorazn.blogspot.com/2016/10/como-barco-la-deriva.html

Cansada de escuchar hablar del buenismo como término relacionado con las políticas sociales inclusivas.

Últimamente vengo observando que cada vez se usa más el término buenismo para hacer referencia a las políticas sociales que tratan de erradicar la pobreza y la marginalidad, así como para ayudar a las personas que han tenido que huir de sus países de origen en busca de un futuro mejor… o al menos de un futuro.

Las personas que usan el apelativo buenismo tratan de criticar a aquellos ciudadanos y ciudadanas que luchan por visibilizar las injusticias sociales y piden políticas sociales más inclusivas y humanitarias con el resto de seres humanos.

Según la enciclopedia digital wikipedia, el buenismo surgió para definir la política llevada especialmente por parte de partidos y asociaciones de izquierda, así como ONGs y organizaciones de ayuda humanitaria, basada en el apoyo incondicional a los sectores sociales más desfavorecidos, a través de subsidios, subvenciones, políticas de discriminación positiva, etc. De hecho, esta publicación de acceso libre y gratuito, la wikipedia, afirma que es un término introducido por los sectores más conservadores de España.

Hay ideologías que consideran que es estúpido e irresponsable abrir el abanico de la protección social y sanitaria hacia las personas que no tienen ADN Made in Spain 100%, con denominación de origen como el aceite de oliva. Estas ideologías no se preguntan por el número de ciudadanos españoles que se ven forzados a emigrar -dentro y fuera de Europa- y que se benefician de las políticas de protección social de estos otros países. Para esto sólo hay oídos sordos.

España está dividida ideológicamente, y cada uno de los fragmentos que la conforman no son más que trozos de cristal estampado contra el suelo…, contra un suelo duro e inhumano, pero con denominación de origen.

Aceite de olvida, eso necesitamos. Aceite de olvida para olvidar el mayor genocio de la historia de la humanidad: aquí y ahora en el Cementerio del Mediterráneo.

Inmaculada Asensio Fernández.

Interesantes anécdotas del escritor y profesional del trabajo social Alejandro Robledillo

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Alejandro Robledillo tiene una manera bastante original de contar escenas de la vida cotidiana de cualquier trabajador o trabajadora social, y por ese motivo no he podido dejar pasar la oportunidad de compartir una de sus simpáticas anécdotas en este espacio bloguero.

Con su particular mirada sobre el actual modelo de atención social que hay en España, él nos ofrece la posibilidad de introducirnos en la vida personal de una señora que tiene las ideas muy claras, tanto o más que quiénes se acercan con la voluntad de ofrecerle su ayuda.

Título: No vuelvas a ofrecerme algo que no te pedí. Eso si te lo estoy pidiendo

Subtítulo: Reflexiones sobre el actual modelo de atención social

En «DE TRABAJADORES SOCIALES, SUS HIJOS Y OTROS ANIMALES», además de reflexionar sobre mi propia paternidad, expongo, como uno de los hilos conductores, el caso de «La Vieja Quicatona». Una mujer, marginada, acusada de bruja, deformada por la enfermedad, que vivía con su hija, la cual tenía una evidente discapacidad intelectual.

Cuando me encontré (por casualidad) con aquella casa, solo había un expediente vacío, ni un solo grado de nada reconocido, ni otra fuente de ingresos que la pensión agraria. Nada, vivían al margen de cualquier ayuda, salvo el pago farmacéutico.

Tras estudiar el caso le ofrecí poner en marcha todos los procedimientos; había mucho que hacer y mucho que conseguir. Tras informarle de cuál sería su itinerario, aquella sabia mujer me miró ofendida:

NO VUELVAS A OFRECERME ALGO QUE NO TE PEDÍ. ESO SI TE LO ESTOY PIDIENDO.

Mucho que reflexionar sobre el modelo de intervención, en el que damos, damos y damos tanto, que no comprendemos, que no siempre dar es lo correcto, ni lo que quiere.

firma Robledillo

Robledillo, escritor convencido de que -a través del trabajo social- se pueden tejer historias capaces de hacer reflexionar y de conmover a quiénes se entretienen con su lectura. 

Sus libros:

  1. EL LIBRO NEGRO DE PHILOMENO (El azote del trabajo social)
  2. DE GALLEGOS, TUCANES Y TRABAJADORES SOCIALES

Y además ha editado este otro libro:

  • «El día de Marina! Los autores, creadores e ilustradores de este cuento son Pedro Rodriguez y Javier Gómez.

Inmaculada Asensio Fernández

 

Se llama resiliencia

Hay niños y niñas que soportan una pesada carga durante su infancia, y cuando llegan a la edad adulta no tienen más remedio que hacer lo posible por dejarlo atrás, por superarlo. A través de la literatura y de (1)

Hay niños y niñas que soportan una pesada carga durante su infancia, y cuando llegan a la edad adulta no tienen más remedio que hacer lo posible por dejarlo atrás, por superarlo. A través de la literatura y de los medios de comunicación se sabe que hay muchas personas que lo han conseguido, por tanto, podemos afirmar -sin lugar a dudas -que es posible. Se llama resiliencia.

Inmaculada Asensio Fernández

La maldad existe al margen de la patología

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Fuente: https://psicologiayemociones.com/psicologia/como-reconocer-una-mentira

A lo largo de mi vida, siempre que he conversado con alguna persona o en grupo sobre algún acontecimiento delictivo y dramático como lo es un asesinato -o intento de asesinato- de estos que de vez en cuando saltan a los medios de comunicación… siempre escucho a alguien calificar a la persona que lo ha cometido como «loco o loca».

«Hay que estar muy mal de la cabeza para hacer algo así, seguramente esa persona tiene una enfermedad mental sin diagnosticar».

Muchas de las personas que trabajamos en el ámbito de la salud mental estamos muy cansadas de escuchar comentarios de este tipo, pues con frecuencia se confunde el trastorno mental con la delincuencia, y aquí hay un sesgo cultural importante que provoca que el estigma por parte de la sociedad hacia las personas con problemas mentales aumente, y en consecuencia el rechazo hacia las mismas.

Precisamente hace poco escuché a un psiquiatra y forense decir que «la maldad existe al margen de la patología», y lo hacía describiendo a José Bretones, el asesino que acabó con la vida de sus propios hijos para hacer daño a su madre que no quería continuar la relación de pareja con él.

«Malos, no locos». Esta es otra frase de Esther Esteban para referirse al que conocemos como asesino de Pioz. En su articulo de opinión comparte cómo siempre que un profesional de la abogacía trata de defender a una persona de un cruel y atroz asesinato (o de una serie de ellos) intenta convencer al fiscal, al jurado y al propio juez o jueza de que esta persona padece algún tipo de enfermedad mental, ya que para una persona con una moral normalizada y que respeta la integridad y vida del resto de personas es muy complicado aceptar  que puedan llevar a cabo un acto tan deleznable sin estar enajenados o locos.

No, las personas con trastorno mental grave no tienen porqué ser malas, son personas como el resto; y los casos en los que -fruto de una alteración de la realidad- puedan cursar con episodios graves de violencia, son bastante más aislados de lo que la gente comúnmente cree.

No se puede patologizar todo en una sociedad, por mucho que nos cueste vivir sin poner etiquetas. Es necesario aceptar que cualquier persona con la que te cruzas por la calle puede cometer un acto verdaderamente vil y malvado, si la maldad ha anidado en su conciencia. No debemos catalogarlos como enfermos… o al menos no como enfermos mentales. En todo caso, y tampoco me parece del todo acertado, los podríamos denominar  enfermos morales.

Que la asesina confesa Ana Julia Quezada acabara con la vida de un niño de 8 años no nos lleva al manual DSM-5® para comprobar qué tipo de trastorno mental padece. Ana Julia sabía lo que hacía y urdió un plan para llevarlo a cabo sin ser descubierta. Esto no es una característica de la enfermedad mental, esto es maldad.

Tengamos en cuenta lo que es y no es enfermedad mental pues con estas clasificaciones (heredadas de nuestro sistema cultural) podemos hacer daño a personas que verdaderamente si están enfermas, pero que jamás harían daño a nadie.

#Cero Estigma Mental.

Inmaculada Asensio Fernández

 

Evaluación de políticas públicas de salud en Salvador de Bahía, Brasil

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Foto de todo el equipo. Salvador de Bahía, 2015.

En el marco de una serie de colaboraciones con la Escuela Andaluza de Salud Pública de Granada, fui invitada a participar, en calidad de consultora, en el desarrollo y ejecución de un proceso de evaluación externa de las políticas públicas de salud en Salvador de Bahía, Brasil.

El proyecto en cuestión se centraba en evaluar el adecuado dimensionamiento de las plantillas de profesionales de los centros hospitalarios y de salud, así como evaluar los planes de carrera a los que tenía acceso el personal público del sistema sanitario de Brasil.

Mi labor se centró en colaborar –mediante la realización de entrevistas a personal relacionado con el ámbito sanitario- para pilotar un instrumento de evaluación que pudiera medir los parámetros anteriormente señalados, relacionados con el adecuado dimensionamiento de las plantillas y los planes de carrera profesional.

Cuando me invitaron a participar en este proyecto no me lo pensé ni un segundo: el sí es un aspecto que siempre ha caracterizado mi carrera profesional, y siempre en relación a la posibilidad de colaborar en proyectos nuevos e interesantes, de estos que reportan un importante aprendizaje… y este viaje fue un claro exponente de ello.

2015 fue un año de intensas y bienaventuradas despedidas…, y también fue un año de la acogida de nuevos y revitalizantes proyectos que -poco a poco- han dado paso al desarrollo de otros más estimulantes para mí. Celebro todas las decisiones que tomé durante este año, entre las cuales destaco esta fantástica experiencia como evaluadora de políticas públicas de salud en Salvador de Bahía.

La ciudad de Salvador era antiguamente llamada Bahía, inclusive por los habitantes del propio estado. También recibió algunos apodos como Capital de la Alegría (en portugués Capital da Alegria debido a los enormes festejos populares). Durante siglos ha sido considerada como la ciudad más importante del Brasil, ya que nació para ser capital de Brasil, y hasta bien entrado el XVIII ha sido la más poblada. Famosa por sus maravillosas playas, que atraen a muchas personas turistas. Una de ellas se llama Itapoã, y se hizo mundialmente conocida gracias a la canción «Tarde em Itapoã» – de Vinicius e Toquinho. Merece la pena visitar esta hermosa ciudad.

 

Una persona de mi entorno dice que “hay que vivir todos los planes que se presentan, porque un buen día dejan de presentarse planes”; no puedo estar más de acuerdo con esta afirmación. De hecho, volvería a hacerlo una y mil veces sin pensarlo, o al menos no demasiado.

Agradecida a la Escuela Andaluza de Salud Pública, y como miembros de ella a Dña. Sandra Arlette Pinzón Pulido, y a Dña. Cecilia Escudero Espinosa.

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Inmaculada Asensio Fernández.

Estatuto de la profesión de diplomada y diplomado en trabajo social/ asistente social

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TEXTO APROBADO EN ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2001.
CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS OFICIALES DE DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL Y ASISTENTES SOCIALES

PREÁMBULO

La Ley 10/82 de 13 de abril creó los Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social/Asistentes Sociales y caracterizó a la profesión como colegiada, sometida, por tanto, a la Ley de Colegios Profesionales estatal (Ley 2/74 de 13 de febrero).

Durante todo el periodo transcurrido desde la creación de la profesión de Diplomado en Trabajo Social, la organización colegial se ha venido dotando de normas legales que han estructurado y vertebrado la organización, como son los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y los Estatutos del Consejo General aprobados mediante Real Decreto 174/01 de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo de 2001). Además se cuenta con un instrumento legal muy esperado como es el Código Deontológico de la Profesión de Diplomado en Trabajo Social/Asistente Social aprobado en Asamblea General Extraordinaria el día 29 de mayo de 1999.

A raíz de la elaboración de toda esta normativa se ha visto la necesidad de seguir ahondando en este proceso legislativo, sobre todo en el ámbito del ejercicio de la profesión, marcando y definiendo sus características más esenciales, las principales funciones profesionales del Trabajo Social Esta necesidad ha venido igualmente marcada por la amplitud de esta disciplina y la injerencia que, desde otros ámbitos profesionales, se ha venido observando dentro del campo del Trabajo Social, lo que ha promovido la necesidad de establecer un marco definitorio de la profesión de Diplomado en Trabajo Social/Asistente Social que garantice un correcto ejercicio de la

misma que de a conocer nuestro marco profesional a los sujetos de nuestra acción, a otros profesionales, instituciones y a la sociedad en general.

CAPITULO I. DE LA PROFESIÓN Y LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL/ASISTENTES SOCIALES.

SECCIÓN 1ª. ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL PRESENTE ESTATUTO.

Artículo 1.-

Las funciones y características profesionales que se contemplan en el presente estatuto serán de aplicación a los Diplomados en Trabajo Social/Asistentes Sociales con total igualdad e independencia del titulo obtenido por los mismos, de acuerdo con lo prevenido en el R.D. 1850/81 de 20 de agosto, sobre incorporación a la Universidad de los estudios de Asistentes Sociales como Escuelas Universitarias de Trabajo Social.

Artículo 2.-

1. Podrán utilizar la denominación de Trabajadores Sociales/Asistentes Sociales los/as ºtitulados/as a los/as que se refiere el párrafo anterior que se hallen incorporados a los Colegios Profesionales de Diplomados en Trabajo Social/Asistentes Sociales correspondientes al ámbito geográfico en el que se desarrolle la actividad profesional principal, según la Ley estatal de Colegios Profesionales y las correspondientes leyes autonómicas.

2. La citada profesión puede ser ejercida en todo el territorio nacional por quienes además de los requisitos establecidos en los artículos precedentes cumplan los tramites y requisitos contemplados en el art. 3.3 de la Ley 2/74 de 13 de febrero, de Colegios Profesionales.

SECCIÓN 2ª. DEFINICIÓN DE LA PROFESIÓN

Artículo 3.- Concepto.

El Trabajo Social es la disciplina de la que se deriva la actividad profesional de los Trabajadores Sociales/Asistentes Sociales, que tiene por objeto promover el cambio social, la resolución de los problemas en las relaciones humanas y el fortalecimiento y la libertad del pueblo para incrementar el bienestar, mediante la utilización de teorías sobre el comportamiento humano y los sistemas sociales. El trabajo social interviene en los puntos en los que las personas interactúan con su entorno. Los principios de los derechos humanos y la justicia social son fundamentales para el Trabajo Social.

La profesión de Trabajadores Sociales/Asistentes Sociales podrá ser ejercida en el territorio nacional por quienes se hallen en posesión del título de Diplomado en Trabajo social y/o Asistente Social.

La actividad profesional podrá desarrollarse en régimen de ejercicio libre, de dependencia laboral o de relación administrativa.

CAPITULO II. PRINCIPALES FUNCIONES PROFESIONALES Y FACULTADES GENERALES Y ESPECIFICAS DE LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL/ASISTENTES SOCIALES

SECCIÓN 1ª. FACULTADES GENERALES Y ESPECIFICAS DE LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL/ ASISTENTES SOCIALES

Artículo 4.- Facultades Generales.

Con carácter general, los Diplomados en Trabajo social/ Asistentes sociales están facultados para ejercer las funciones como tales según la clasificación internacional uniforme de ocupaciones de la oficina de trabajo de Ginebra (OIT), ratificada por España. Con carácter general, los Diplomados en Trabajo Social/ Asistentes Sociales están facultados para planificar, programar, proyectar, calcular, aplicar, coordinar y evaluar los servicios y las políticas sociales destinados a personas, grupos y comunidades, actuando en múltiples sectores funcionales.

Así mismo, pueden trabajar en un amplio marco de ámbitos organizativos proporcionando recursos y prestaciones a diversos sectores de la población, a nivel microsocial, social intermedio y macrosocial. Igualmente, los Diplomados en Trabajo Social/ Asistentes sociales pueden realizar estudios referentes a la planificación, programación y desarrollo de las políticas sociales de ámbito estatal, autonómico y local, mediante la aplicación de las técnicas profesionales correspondientes. También pueden efectuar estudios relativos a las políticas sociales, su comportamiento y evaluación con resultados de las mismas, derivados de su aplicación.

Artículo 5.- Facultades específicas.

Los diplomados en trabajo social/ Asistente Social están facultados de manera concreta, exclusiva y específica para la utilización y aplicación de los instrumentos propios del trabajo social propuestos para el tratamiento, formulación de pronósticos y resolución técnica de los problemas sociales, emitiendo y firmando el informe social pertinente, tras la verificación de la información obtenida.

SECCIÓN 2ª. PRINCIPALES FUNCIONES PROFESIONALES

Artículo 6.- Las principales funciones a desarrollar por los Diplomados en trabajo social/ asistentes sociales en el ejercicio de sus funciones son, entre otras, las siguientes:

a) Función preventiva. Actuación precoz sobre las causas que generan problemáticas individuales y colectivas, derivadas de las relaciones humanas y del entorno social. Elaborar y ejecutar proyectos de intervención para grupos de población en situaciones de riesgo social y de carencia de aplicación de los derechos humanos.

b) Función de atención directa. Responde a la atención de individuos o grupos que presentan o están en riesgo de presentar, problemas de índole social.

Su objeto será potenciar el desarrollo de las capacidades y facultades de las personas para afrontar por sí mismas futuros problemas e integrarse satisfactoriamente en la vida social.

c) Función de planificación.

Es la acción de ordenar y conducir un plan de acuerdo con unos objetivos propuestos, contenidos en un programa determinado mediante un proceso de análisis de la realidad y del cálculo de las probables evoluciones de la misma. Esta función se puede desarrollar en dos niveles:

  • Nivel microsocial: se comprende el diseño de tratamientos, intervenciones y proyectos sociales.

  • Nivel macrosocial: que comprende el diseño de programas y servicios sociales.

d) Función docente.

Impartir enseñanzas teóricas y prácticas de trabajo social y de servicios sociales, tanto en las propias escuelas de trabajo social como en otros ámbitos académicos. Contribuir a la formación teórico-práctica pregrado y postgrado de alumnos/as de trabajo social y de otras disciplinas afines. Los diplomados en trabajo social/asistentes sociales son los profesionales idóneos para impartir la docencia en materias de trabajo social y servicios sociales.

e) Función de promoción.

Se realiza mediante actuaciones encaminadas a restablecer, conservar y mejorar las capacidades, la facultad de autodeterminación y el funcionamiento individual o colectivo. Diseñar e implementar las políticas sociales que favorezcan la creación y reajuste de servicios y recursos adecuados par ala cobertura de necesidades sociales.

f) Función de mediación.

En la función de mediación el trabajador social/ asistente social actúa como catalizador, posibilitando la unión de las partes implicadas en el conflicto con el fin de posibilitar con su intervención que sean los propios interesados quienes logren la resolución del mismo.

g) Función de supervisión.

Ejercer el control de las tareas realizadas por los profesionales, trabajadores sociales y miembros de otras profesiones que ejerzan sus funciones en departamentos o servicios de trabajo social.

h) Función de evaluación.

Contrastar los resultados obtenidos en las distintas actuaciones, en relación con los objetivos propuestos, teniendo en cuenta técnicas, medios y tiempos empleados.

Asegurar la dialéctica de la intervención. Indicar los errores y disfunciones en lo realizado y permitir proponer nuevos objetivos y nuevas formas de conseguirlos. Favorecer las aportaciones teóricas del trabajo social.

i) Función gerencial.

Se desarrolla cuando el trabajador social tiene responsabilidades en la planificación de centros, organización, dirección y control de programas sociales y servicios sociales.

SECCIÓN 3ª. INSTRUMENTOS DE USO EXCLUSIVO DE LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL/ASISTENTES SOCIALES

1.- Historia social.

Es el documento en el que se registran exhaustivamente los datos personales, familiares, sanitarios, de vivienda, económicos, laborales, educativos y cualquiera otros significativos de la situación sociofamiliar de un usuario, la demanda, el diagnóstico y subsiguiente intervención y la evolución de tal situación.

2.- Informe social.

El informe social es el dictamen técnico que sirve como instrumento documental que elabora y firma con su número de Colegiado, con carácter exclusivo, el diplomado en trabajo social/asistente social. Su contenido se deriva de un estudio, a través de la observación y la entrevista, dónde queda reflejada en síntesis la situación objeto, valoración, un dictamen técnico y una propuesta de intervención profesional.

3.- Ficha social.

Es el soporte documental del trabajo social en el que se registra la información sistematizable de la historia social.

4.- Escala de valoración social. Es un instrumento científico que sirve para identificar situaciones sociales en un momento dado. Permite elaborar un diagnóstico social.

5.- Proyecto de intervención social.

Es el diseño que comprende una evaluación-diagnóstico de la situación y las personas con quienes actuar, una determinación de objetivos operativos, actividades y tareas, utilización de recursos, temporalización y criterios de evaluación.

SECCIÓN 4ª OTROS INSTRUMENTOS DE TRABAJO SOCIAL

– Registro de entrevistas

– Hojas de seguimiento técnico

– Fichero de recursos

– Otros…

CAPITULO III. ÁMBITOS DE ACTUACIÓN DE LOS DIPLOMADOS EN TRABAJO SOCIAL/ASISTENTES SOCIALES.

Artículo 7.- Los diplomados en trabajo social/asistentes sociales desempeñan su actividad profesional, general o especializada en diversos ámbitos de actuación y ante situaciones de riesgo o problemáticas sociales, cuyo espacio está definido por el objeto específico y funciones propias de la profesión de trabajo social.

Artículo 8.- Dichos espacios se estructuran:

a) Servicios Sociales de primer nivel de atención públicos o privados, que toman diferentes denominaciones según la comunidad autónoma donde se desarrolle (servicios sociales generales, de base, de atención primaria, comunitarios…) y servicios de atención especializada, públicos o privados.

b) Servicios educativos: enseñanza reglada y no reglada.

c) Servicios de salud.

d) Servicios de administración de justicia e interior.

e) Servicios del ámbito laboral.

f) Ejercicio libre de la profesión.

g) Docencia e investigación social.

h) Solidaridad, cooperación y ayuda al desarrollo.

i) Servicios de vivienda.

j) Migraciones, minorías y demografía.

k) Organizaciones sociales: asociaciones, fundaciones, movimientos sociales, grupos de autoayuda…

l) Servicios y organizaciones sociales internacionales.

m) Otros ámbitos que generen las futuras realidades sociales.

Tomado literalmente de la página web del Consejo General de Trabajo Social.

* (No hay artículo 7 en el artículo original, por tanto he considerado re-enumerar el articulado, para que no haya erratas). 

Inmaculada Asensio Fernández

Referencias a la ética en la Ley 9/ 2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía

PRINCIPIOS ETICOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía – Histórico del BOJA. 
Boletín número 248 de 29/12/2016

A continuación se comparte un breve resumen sobre cómo está recogida la ÉTICA en la Ley 9/ 2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía.

Secuencia de inicio

La ética aparece recogida en el discurso legal de esta Ley en su secuencia de inicio y en su secuencia dispositiva o de desarrollo, de manera que en un primer lugar anuncia que la ética va a tener un lugar importante en el sistema público de servicios sociales, y posteriormente dispone de qué manera se va a desarrollar.

Exposición de motivos

Concluye el título II con un capítulo dedicado a la ética en los servicios sociales, en el convencimiento de que el desarrollo de la red de recursos y de la capacidad de intervención de los servicios sociales requerirá, cada vez más, del apoyo de una estrategia que contemple los dilemas éticos a los que se va a enfrentar cada día con más intensidad.

Secuencia dispositiva

En el desarrollo del texto legal se recoge la ética, más concretamente en el Título II referido al Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía. Aparece en dos de sus capítulos: en el capítulo V sobre el proceso de intervención, y en el capítulo X sobre ética y servicios sociales.

Capítulo V Proceso de intervención

Artículo 46. Proyecto de Intervención Social.

2. El Proyecto de Intervención Social recogerá, al menos, los siguientes aspectos:

En los casos de mayor complejidad, situaciones de riesgo o desprotección social, el Proyecto de Intervención Social contemplará los instrumentos y mecanismos dispuestos para la toma de decisiones basadas en la deliberación ética.

Capítulo X Ética y servicios sociales

Artículo 70. Estrategia de ética de los servicios sociales.

1. La Consejería competente en materia de servicios sociales desarrollará y aprobará una estrategia que permita introducir los principios éticos en las políticas sociales y en la provisión de los servicios sociales, facilitando un espacio común basado en valores compartidos entre ciudadanía, profesionales y la propia organización, bajo el enfoque de la corresponsabilidad, la cooperación y la confianza entre todas las personas que están implicadas en el desarrollo de los servicios sociales.

2. La Estrategia de ética de los servicios sociales se elaborará con criterios de participación social y profesional.

3. Los compromisos que establezca la Estrategia de ética se trasladarán a todos los campos de la práctica profesional, incluidos la gestión de los servicios, la intervención social, la formación, la investigación y la innovación en servicios sociales.

Artículo 71. Comité de Ética de los Servicios Sociales.

1. Se crea el Comité de Ética de los Servicios Sociales como órgano colegiado consultivo, adscrito orgánicamente a la Consejería competente en materia de servicios sociales y con autonomía funcional, con la finalidad de garantizar el derecho de las personas, sin discriminación social alguna, al respeto a su autonomía, personalidad, dignidad humana e intimidad.

2. El Comité de Ética tendrá las funciones de:

a) Favorecer la toma de conciencia profesional y ciudadana de la importancia de una reflexión ética en el marco de los servicios sociales.

b) Promover la introducción de perspectivas éticas en las actuaciones sociales.

c) Deliberar sobre los valores presentes en los conflictos éticos en orden a tomar las mejores decisiones posibles.

d) Dar respuesta a las consultas sobre las problemáticas éticas particulares provenientes de las personas trabajadoras, usuarias o familiares que puedan surgir en el desarrollo de las intervenciones sociales.

e) Proponer protocolos de actuación para aquellas situaciones que, por su mayor frecuencia o por su gravedad, generen conflictos éticos.

f) Promover y colaborar en la formación continua en ética de sus miembros y de los profesionales de los servicios sociales.

g) Todas aquellas que le sean asignadas en la Estrategia de ética de servicios sociales.

3. El Comité de Ética estará integrado por profesionales de reconocido prestigio en el ámbito de los servicios sociales con capacitación, competencia y preparación adecuadas, y tendrá una composición paritaria. Los miembros del Comité actuarán con plena independencia e imparcialidad. El Comité de Ética se regirá por lo dispuesto en el artículo 22 y en la sección primera del capítulo II del título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

4. Reglamentariamente se determinarán la composición, funciones y el funcionamiento del Comité de Ética, si bien las normas de régimen interno serán aprobadas por el propio comité.

Artículo 72. Código de Ética Profesional.

1. En el marco de la Estrategia de ética en servicios sociales de Andalucía, la Consejería competente en materia de servicios sociales promoverá junto a las organizaciones profesionales y colegios profesionales la elaboración de un código de ética profesional que garantice la reflexión ética en la práctica de la intervención social, el efectivo ejercicio de los derechos de las personas usuarias y el cumplimiento de los principios rectores del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

2. Asimismo, y de acuerdo a los principios de la responsabilidad social empresarial, la Consejería competente en materia de servicios sociales promoverá junto a las personas o entidades proveedoras de servicios sociales la elaboración de un código ético como mecanismo orientador de sus acciones en los procesos de contratación, compras, almacenes, distribución logística y demás procesos de gestión administrativa.

Inmaculada Asensio Fernández